AGENCIA BRASILEÑO ARGENTINA DE CONTABILIDAD Y CONTROL DE MATERIALES NUCLEARES
La Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de materiales nucleares (ABACC) es un caso de acuerdo regional único a nivel mundial
Autora: Laura V. Canale *
En materia nuclear existen numerosos acuerdos regionales con la participación de Argentina, sobre cooperación técnica, y acuerdos de ciencia y tecnología. Pero existe un caso único de cooperación a nivel regional y mundial, la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC), a través de la cual los dos países establecieron un mecanismo de construcción de confianza y transparencia recíproca.
En 1991 se procedió a la firma del “Acuerdo para el
Uso Exclusivamente Pacífico de la Energía Nuclear”, dando origen a la mencionada Agencia. Su mayor responsabilidad es
aplicar un sistema de salvaguardias a las actividades nucleares de ambos
países, representando una contribución concreta y fundamental al andamiaje de
la no proliferación nuclear mundial.
La Argentina, individualmente, exhibe un importante desarrollo con fines pacíficos de tecnología nuclear avanzada, habiendo logrado el dominio completo del ciclo de combustible nuclear y posicionando al país en un lugar de prestigio internacional.
Pero es fundamental que ese compromiso de la Argentina para con los usos pacíficos de la energía nuclear y la no proliferación también quede reflejado y ratificado en instrumentos internacionales.
Así entonces surge el Acuerdo
de Salvaguardias Amplias firmado en Viena en 1991 con la ABACC, Brasil y el
Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), también conocido como Acuerdo
Cuatripartito, por el cual todas las actividades nucleares del país están
sujetas a un sistema de salvaguardias e inspecciones internacionales por parte
del OIEA sobre todos los materiales nucleares
utilizados en la totalidad de las actividades nucleares realizadas en los
territorios de Argentina y de Brasil o en las efectuadas bajo su control en
cualquier lugar, con el único propósito de verificar que dichos materiales no
se desvían hacia armas nucleares u otros dispositivos nucleares explosivos.
Argentina está obligada por la ley que regula la actividad nuclear en el país a observar estrictamente las obligaciones asumidas en relación a la no proliferación nuclear y, dentro de ese contexto, debe mantener actualizados los inventarios del material nuclear.
En las instalaciones de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA)
se cumplimenta un sistema de registros e informes periódicos referidos a ese
material, que se envían a la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), a la ABACC y
al OIEA.
Así por ejemplo, en
2016, la CNEA facilitó inspectores para desempeñar tareas en la ABACC y
participó en la elaboración de proyectos conjuntos con Brasil a fin de que
ambos países dispusieran de laboratorios analíticos acreditados con fines de
salvaguardias. Y en mayo de 2020, no obstante la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno Nacional
ante la pandemia de COVID-19, y debido al carácter obligatorio e
impostergables que revisten las inspecciones de salvaguardia, la ABACC y el
OIEA llevaron a
cabo las inspecciones de verificación en las centrales nucleares argentinas
Embalse, Atucha I y Atucha II.
La Secretaría de la ABACC comenzó a
funcionar en su sede de Río de Janeiro, Brasil, en julio de 1992, recibiendo las
declaraciones de los inventarios iniciales de ambos países en septiembre de ese
mismo año. Desde entonces los inventarios se mantienen actualizados en forma
sistemática.
La cooperación nuclear entre
Argentina y Brasil se inició en la década de 1960 y se vio fuertemente
incrementada a partir de 1980, cuando las condiciones políticas resultantes de
la solución de controversias sobre el uso de los recursos hídricos permitieron
la firma de un acuerdo sobre los usos pacíficos de la energía nuclear entre los
dos países. La ejecución de este acuerdo incluye esfuerzos conjuntos en
distintos campos, entre ellos: la producción de radioisótopos, la protección
radiológica, la seguridad nuclear y el reciclado de elementos combustibles.
* La autora es Abogada especialista en Derecho
Ambiental por la Universidad de Buenos Aires, docente universitaria y socia del
Estudio Traverso, Canale y Asociados.