COMPENDIO DE LIBERTADES PERDIDAS

 

Existen en toda la República Argentina hoy, en la provincia de Buenos Aires y en la misma Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cientos de casos de terrenos tomados ilegalmente en los que sus propietarios han promovido los pertinentes juicios civiles y/o penales y sus expedientes sufren dilaciones inadmisibles. 

Autor: Marcos Kowalski (@kowalskimarcos)

La libertad constituye uno de los presupuestos del ser humano y con base en ella, pero al lado de la dignidad humana, se ha construido la esencia de los derechos de la persona. Las libertades públicas, ámbito de actuación del individuo oponible al actuar de las autoridades.

Pero la libertad no es un derecho de naturaleza absoluta, lo que dice en su tesis Karl Popper resulta aplicable para demostrar las consecuencias negativas del uso ilimitado de la libertad, pues con ello se estaría trastocando el cúmulo de posibilidad que la propia sociedad requiere para el desarrollo pacífico individual y colectivo de sus miembros.

Ya, para el filósofo estagirita, Aristóteles, la idea de libertad viene ligada a la esencia misma del ser humano. La libertad aristotélica reconoce a la persona la capacidad para decidir libremente y de manera racional frente a una amplia gama de opciones previamente ofrecidas, incluso, la facultad de actuar según la decisión que haya tomado.

Desde hace un montón de décadas, los que tenemos algún tiempo de transcurrir la vida y memoria, venimos percibiendo que cada día, el gobierno de turno nos cercena una libertad más, nos encorseta en nuestra posibilidad de decidir qué hacer, en lo económico la inflación monetaria, por ejemplo, es una limitante a nuestra libertad, ya que cada día con los mismos ingresos podemos elegir adquirir menos cosas.

No es que se nos ocurra contrariar leyes o producir hechos que molesten a los demás, solo tratar de llevar adelante los actos que la legislación prevé, aquellos que teóricamente pueden hacerse sin más limitaciones que las establecidas por la ley, simplemente se nos reducen, perturbando las posibilidades de nuestro diario deambular. -

Por más que se nos haya pregonado desde niños que todo individuo puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, los gobernantes de turno, aun con distinto sesgo ideológico vienen procurando restringirnos.

Ni hablar de tener derecho a la libertad de opinión y de expresión y olvidémonos que este derecho incluye el de no ser molestado a causa de opiniones, o de la protección que, en teoría nos ofrece la Constitución y aun los tratados internacionales, para investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Pero quizás, por lo menos para este autor, la perdida de libertad más grave es el derecho de propiedad privada, las leyes dicen claramente, también en este caso que la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley.

La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie. El desapoderamiento, de un inmueble, por ejemplo, está prohibido y el sujeto que se apropie indebidamente de un bien ajeno está cometiendo un delito. El Código Penal tipifica como delito a la usurpación en el artículo 181.

Si bien el marco jurídico pone en cabeza del Estado nacional, provincial y/o municipal el generar los medios adecuados para que los habitantes puedan tener acceso a una vivienda digna, construcciones, planes, hipotecas estatales, etc. La norma es clara: no habla de “cesiones” ni “donaciones” sino de generar el acceso y en ningún párrafo habla de que el Estado tiene facultades para regalar lo que pertenece a particulares.

Reafirmamos entonces que no son los particulares quienes tienen esta obligación, de hacer tener acceso a la vivienda, sino que por el contrario a los propietarios se les debe garantizar el uso y goce de su propiedad, los artículos 14 de la Constitución Nacional cuando enumera el derecho de los habitantes a “disponer libremente de su propiedad” y, ni que hablar de su artículo 17 el que directamente custodia de manera taxativa: “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley”

Y por si hubiere duda la Declaración Universal de Derechos Humanos, incorporada a la Constitución Nacional, por la, a nuestro juicio absurda, reforma del año 1994, también custodia a la propiedad ya que en su artículo 17 establece: “Toda persona tiene derecho a la propiedad individual o colectivamente. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”

Existen en toda la República Argentina hoy, en la provincia de Buenos Aires y en la misma Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cientos de casos de terrenos tomados ilegalmente en los que sus propietarios han promovido los pertinentes juicios civiles y/o penales y sus expedientes sufren dilaciones inadmisibles. La sola descripción de la inacción o falta de definiciones de fondo por parte de los magistrados genera estupor. La normativa existe, solo deben aplicarla.

Todos los días de nuestras vidas y desde hace mucho, como venimos diciendo, se nos limita y reprimen nuestras libertades un poco más, o nos acorralan con la policía fiscal de un Estado que se quiere comer al contribuyente y cuando este trata de eludir su mordida lo persigue incluso judicialmente obligándolo a subsistir fuera del sistema, marginado.

O, como ahora, limitando y casi imposibilitando la libertad ambulatoria a caballo de una “pandemia”, haciendo que personas con verdaderas necesidades de traslado queden varados en la “frontera” de alguna provincia y mueran en el intento de recibir incluso la más mínima de las atenciones, todo esto mientras se realizan actos y reuniones de políticos y traslados de “amigos “del poder sin ningún tipo de prohibición por todo el territorio Nacional.

Indudablemente todo esto transcurre mientras alegremente, una casta política unificada por sus propias prebendas se preocupa más por difundir el crimen del aborto y el consumo de drogas y la contra natura sexual como un derecho humano más. Al mismo tiempo que “deconstruye” todos los valores religiosos, culturales, patrióticos, familiares, pervirtiendo el sentido común y la historia, basándose en la doctrina de los Derechos Humanos de inequívoca factura socialdemócrata y norteamericana.

Desde el advenimiento de la “democracia”, devenida por obra y gracias de la casta política en “partidocracia” consagrada constitucionalmente en la reforma de 1994. Hay quienes nos dicen que la democracia es Republica, pero a este tipo de “democracia” de “Republica” la frustro el fracaso mundial social-demócrata, es una “democracia” puramente procedimental y no refleja la lucha de los ciudadanos por la realidad de sus vidas y no es compatible con ideales nacionalistas para seguir existiendo en la historia.

 Ante este tremendo panorama de libertades perdidas es necesario reconquistar los valores y la tradición Nacional, mediante un proyecto político que presente un modelo antropológico, axiológico y existencial propio, es nuestro deber, para preservar algo de nuestras libertades, realizar un pensamiento de quiebre con lo “políticamente correcto” que permita romper con la opinión establecida y publicada.  disentir con las falsas argumentaciones que pretenden atiborrar nuestra conciencia desnacionalizándola. Reconquistar la Nación, va más allá, no sólo de un programa, sino incluso de las ideologías.

Marcos Kowalski

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